viernes, 22 de marzo de 2013

¿Qué se está negociando realmente?


Si no se está negociando un nuevo Convenio
Si no se está aplicando la Reforma Laboral
Si la empresa no habla de descuelgue de Convenio
Ni se está incumpliendo este
Resulta curioso que, en la primera reunión de la negociación de la CNP, la directora de RR.HH respaldase sus demandas no con la Reforma Laboral sino con los Acuerdos Interconfederales.

Si hacemos un poco de memoria, en enero de 2012, UGT-CC.OO CEOE y CEPYME firmaron el II Acuerdo para la Negociación y en el Empleo, donde se aborda la adaptación del mercado laboral a las exigencias de los mercados financieros. Es decir, aplicar a rajatabla las políticas neoliberales que tanto éxito está trayendo a los mercados y que tanta ruina está trayendo a las clases trabajadoras.

El 80% de la última Reforma Laboral lo forma este acuerdo, que sigue vigente, y que es de OBLIGADO CUMPLIMIENTO POR LAS PARTES.

Os anexamos los capítulos I y V que son bastante esclarecedores. Y la pregunta es ¿no será que lo que se está negociando entre empresa y sindicatos (firmantes) es en realidad el adaptar nuestro Convenio Colectivo a las exigencias de los mercados financieros?. ¿Podría la empresa que dirige Cesar Alierta mantenerse al margen de las exigencias de los mercados cuando él es el Presidente del Consejo Empresarial para la Competitividad?

Un saludo.

Anexo Capítulos I y V.
II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014
TEXTO
Visto el texto del II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013 y 2014 (código de Convenio núm. 99100015092012), que fue suscrito con fecha 25 de enero de 2012, de una parte, por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) y, de otra, por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras (CCOO) y de la Unión General de Trabajadores (UGT), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.2 en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
...
CAPÍTULO I
Estructura de la negociación colectiva. Flexibilidad interna

1. Estructura de la negociación colectiva.

Los convenios colectivos de ámbito estatal o, en su defecto, de Comunidad Autónoma deben desarrollar las reglas de articulación y vertebración que han de regir la estructura de la negociación colectiva, apostando de forma decidida a favor de la descentralización de la misma. Ello ha de traducirse en los siguientes criterios:

Los convenios sectoriales deberán propiciar la negociación en la empresa, a iniciativa de las partes afectadas, de jornada, funciones y salarios por ser el ámbito más adecuado para configurar estas materias. Y ello sin perjuicio de otras alternativas complementarias a los convenios de empresa, como son los acuerdos o pactos de empresa suscritos por sujetos legitimados en el artículo 87.1 del ET.

El ámbito superior de negociación debe respetar el equilibrio contractual de las partes a nivel de empresa hasta el término de la vigencia de este convenio colectivo.

Es necesario preservar el ámbito provincial de negociación y favorecer que tales convenios, por su proximidad a la empresa, potencien la flexibilidad que la misma necesita para adaptarse a un mercado cambiante y competitivo, además de no olvidar que es el ámbito de negociación que más cobertura facilita a empresas y trabajadores.

2. Flexibilidad interna.

Las Organizaciones firmantes consideran que los convenios deberían incorporar la flexibilidad interna, particularmente la que opera en espacios temporales reducidos para hacer frente a la coyuntura, como una potente herramienta para facilitar la adaptación competitiva de las empresas, favoreciendo una mayor estabilidad en el empleo, así como la calidad del mismo. A estos efectos los convenios sectoriales deberán propiciar la negociación en la empresa, a iniciativa de las partes afectadas, de jornada, funciones y salarios por ser el ámbito más adecuado para configurar estos conceptos.

Asimismo, para CEOE, CEPYME, CCOO y UGT el convenio colectivo es el espacio adecuado para ordenar el uso flexible en la empresa de elementos como el tiempo de trabajo y la movilidad funcional en un sentido complementario a las previsiones legales, de forma que su regulación convencional desincentive el uso de la extinción de la relación laboral como instrumento para la adecuación de la capacidad productiva al ciclo. A tal efecto, el convenio colectivo deberá, como contenido mínimo, regular criterios, causas, procedimientos, periodos temporales y periodos de referencia para la movilidad funcional y la distribución irregular de la jornada en el ámbito de la empresa, así como procedimientos ágiles de adaptación y modificación de lo pactado con la participación de la representación sindical o, en su caso unitaria de los trabajadores, y con la intervención en caso de desacuerdo de las comisiones paritarias. Igualmente incluirán previsiones para la solución ágil y eficaz en los supuestos de bloqueo en los periodos de consulta y negociación exigidos en los preceptos del ET afectados por la flexibilidad interna.

Para los firmantes la flexibilidad interna en la empresa tiene tres conceptos sustanciales: tiempo de trabajo, funciones y salario. Las partes acuerdan distinguir dos niveles de aplicación de la flexibilidad en materia de tiempo de trabajo y movilidad funcional, que a continuación se indican:

A) Flexibilidad ordinaria.

En tiempo de trabajo:

La negociación colectiva debería promover la ordenación flexible del tiempo de trabajo y su concreción en la empresa para la mejor adaptación a las necesidades productivas y de los trabajadores, con los criterios anteriormente señalados.

El contenido mínimo del convenio debiera fijar el cómputo anual de la jornada y su distribución irregular.

Se debiera considerar como principio general la distribución irregular de la jornada anual de trabajo a fin de evitar en lo posible las horas extraordinarias o la contratación temporal.

En este sentido, los convenios colectivos debieran facilitar que el empresario pudiera distribuir irregularmente un 10% de la jornada anual ordinaria aplicable, pudiendo afectar con ello a la jornada máxima semanal o mensual, aunque no a la máxima anual. Igualmente podrá afectar a los horarios diarios, sin perjuicio del respeto a los límites que al respecto se prevén en el Estatuto de los Trabajadores. Los negociadores valorarán esta referencia porcentual en más o en menos en función del ámbito de negociación.

De la misma forma, los convenios colectivos deberían posibilitar que el empresario disponga de una bolsa de cinco días (o 40 horas) al año que podrá alterar en la distribución prevista en el calendario anual. Esta referencia podrá ser modificada por los negociadores en más o en menos en función del ámbito de negociación.

Asimismo los convenios sectoriales y especialmente los provinciales, por su proximidad a la empresa, deberían fijar las reglas generales de la flexibilidad del tiempo de trabajo.

Los convenios sectoriales promoverán una adaptación negociada en el ámbito de la empresa de lo pactado en el sector, con participación de la RLT o, en su defecto, negociada con las organizaciones sindicales firmantes del convenio sectorial, salvo que los trabajadores atribuyan su representación a una comisión designada conforme a lo dispuesto en el artículo 41.4 del ET.

Los convenios, especialmente los de empresa, debieran promover la racionalización del horario de trabajo con el objetivo de mejorar la productividad y favorecer la conciliación de la vida laboral y personal.

La flexibilidad del tiempo de trabajo debiera ir acompañada de garantías y seguridad para las personas, que le permitan compatibilizar el tiempo de trabajo y de conciliación.

En movilidad funcional:

Los convenios colectivos debieran promover los sistemas de clasificación profesional mediante grupos profesionales y divisiones funcionales, concretando los procedimientos de adaptación en el caso de estar todavía rigiéndose por categorías profesionales.

Se debiera potenciar la movilidad funcional como mecanismo de flexibilidad interna y de adaptación por parte de las empresas, fijando fórmulas ágiles de movilidad funcional.

La movilidad funcional en el seno de la empresa no debiera tener otras limitaciones que las exigidas por la pertenencia al grupo profesional o, en su caso, por las titulaciones requeridas para ejercer la prestación laboral. Por tanto, no se considerará la categoría profesional a efectos de movilidad funcional.

Los convenios colectivos y acuerdos de empresa debieran analizar la polivalencia funcional, y sus efectos en materia retributiva.

B) Flexibilidad Extraordinaria Temporal:

En tiempo de trabajo:

Los firmantes consideran que en la negociación colectiva se debieran aportar criterios para que el empresario que tenga necesidades temporales de flexibilidad de tiempo de trabajo pueda alterar las regulaciones que afectan esencialmente al mismo, con los debidos fundamentos causales y de proporcionalidad y controles judiciales.

En este sentido, los convenios colectivos deberían contemplar medidas de mayor flexibilidad cuando el empresario necesite distribuir irregularmente la jornada anual de trabajo más allá del porcentaje establecido en el apartado A) o modificar el calendario laboral anualmente aplicable por encima de la bolsa de horas al que alude el citado apartado. Para la aplicación de medidas de mayor flexibilidad deberán existir razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen, según se entiende por tales en el párrafo último del artículo 41.1 de la LET, sin que por ello se pueda aumentar la jornada anual aplicable. La decisión del empresario debe comunicarse a los representantes de los trabajadores con la máxima antelación y celeridad, excepto que el empresario demuestre que el cumplimiento mismo le impide atender debidamente las necesidades previstas. Si hubiese desacuerdo intervendrá la Comisión Paritaria y, en su caso, los servicios de mediación y arbitraje.

Cuando el empresario necesite alterar el tiempo de trabajo durante lo que resta de vigencia del convenio deberá acudir al procedimiento para las modificaciones sustanciales previsto en el artículo 41 de la LET.

En movilidad funcional:

Se aportan criterios para que los convenios colectivos consideren un mayor nivel de flexibilidad que de respuesta a necesidades empresariales temporales de movilidad funcional mayores de las señaladas anteriormente. A tales efectos los convenios colectivos contemplarán que la movilidad funcional temporal para la realización de funciones distintas a las pertenecientes al grupo profesional podrá ordenarse si existiesen razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que las justifiquen, según se entiende por tales en el último párrafo del artículo 41.1 de la LET, y durante el tiempo necesario para su atención, sin que pueda superar seis meses en un año u ocho meses en dos años. Se establecerá que también en este supuesto el empresario informe de esta situación con la máxima celeridad a la representación de los trabajadores. Se ha de tener en cuenta que en caso de desacuerdo intervenga la Comisión Paritaria y, en su caso, los servicios de mediación y arbitraje. Esta movilidad respetará los derechos de las nuevas funciones salvo que sean inferiores, en cuyo caso se mantendrá la retribución de origen. Tampoco será posible invocar causas de despido objetivo por ineptitud sobrevenida o falta de adaptación en estos supuestos. Asimismo operarán las cláusulas de ascenso y las retributivas, si proceden, en los términos previstos en la LET.

Se ha de contemplar que si la movilidad funcional es superior al periodo indicado, se regirá por el acuerdo entre las partes o, en su defecto, por las reglas del artículo 41 de la LET.

En todos los supuestos de movilidad funcional debiera garantizarse la información, idoneidad y formación sobre las nuevas funciones y el respeto a la dignidad personal y al desarrollo profesional.

Flexibilidad en materia salarial:

Los firmantes consideran conveniente que las estructuras salariales tengan complementos variables, de forma que un porcentaje determinado de la cuantía salarial se haga depender de la situación y resultados de la empresa.

A efectos de posibilitar esta implantación, se ha de tener en cuenta que mediante acuerdo entre la empresa y la representación legal de los trabajadores se podría modificar la estructura y cuantías salariales vigentes a través del artículo 41 del ET, su caso, del artículo 82.3 del ET, a cuyo efecto se recomienda el establecimiento de períodos transitorios de aplicación.

Los convenios colectivos debieran promover la racionalización de las estructuras salariales, para sustituir conceptos retributivos obsoletos e improductivos por otros vinculados a la productividad y retribuciones en la empresa.

En tal sentido, la negociación colectiva constituye un instrumento adecuado para establecer la definición y criterios de una estructura salarial (conceptos fijos y variables, salarios mínimos, complementos u otros) adecuada a la realidad sectorial y de empresa, teniendo en cuenta su directa relación con los nuevos sistemas de organización del trabajo y los incentivos a la producción, la calidad o los resultados, entre otros.

A tal fin, en la definición de los conceptos variables deberían tomarse en consideración criterios de objetividad y claridad en su implantación; la delimitación de porcentajes de retribución variable sobre la retribución total; los derechos de información y participación en la empresa de los representantes de los trabajadores y la consideración de realidades específicas de cada sector o empresa.

En cuanto a los criterios para la actualización periódica de los salarios variables, preferentemente ligados a la evolución de la productividad y resultados de la empresa, se valorará la conveniencia de su modificación por los negociadores del convenio, si procede, sin perjuicio de que el empresario pueda modificar los actualmente vigentes mediante el procedimiento a que se refiere el artículo 41 del ET o, en su caso, del artículo 82.3 del ET.

Los convenios sectoriales deberían tener en cuenta el papel que los convenios, pactos y acuerdos de empresa pueden desarrollar para regular o adaptar lo fijado en aquéllos a afectos de posibilitar la máxima adecuación a las circunstancias específicas de la empresa.


CAPÍTULO V

Naturaleza jurídica y ámbitos del Acuerdo Interconfederal

1. Naturaleza jurídica y ámbito funcional.

Las Organizaciones signatarias, que tienen la condición de más representativas a nivel estatal, asumen directamente los compromisos del presente Acuerdo y se obligan, por tanto, a ajustar su comportamiento y acciones a lo pactado, pudiendo cada una de ellas reclamar de la otra el cumplimiento de las tareas o cometidos acordados.

Asimismo consideran que las materias del Acuerdo constituyen elementos interrelacionados y que el tratamiento de las distintas materias en los convenios colectivos puede favorecer la actividad empresarial y el empleo.

Las Confederaciones firmantes deberán intensificar los esfuerzos para establecer con sus respectivas Organizaciones en los sectores o ramas de actividad, sin menoscabo de la autonomía colectiva de las partes, los mecanismos y cauces más adecuados que les permitan asumir y ajustar sus comportamientos para la aplicación de los criterios, orientaciones y recomendaciones contenidas en este Acuerdo cuya naturaleza es obligacional.

2. Ámbito temporal.

El presente Acuerdo tiene una vigencia de tres años, con fecha de inicio el 1 de enero de 2012 y de finalización el 31 de diciembre de 2014. En consecuencia queda derogado el I Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) en el año 2012 y sustituido por los contenidos del II AENC 2012-2014.

Las Organizaciones firmantes se reunirán tres meses antes de la finalización del año 2014, al objeto de iniciar las negociaciones de un nuevo Acuerdo Interconfederal para la negociación colectiva con la vigencia que se determine.

3. Comisión de Seguimiento.

Se constituye una Comisión de Seguimiento integrada por tres representantes de cada una de las Organizaciones signatarias de este Acuerdo.

Dicha Comisión tendrá encomendada la función de acordar criterios y orientaciones para acometer la negociación colectiva durante la vigencia del presente Acuerdo en materias, entre otras: Igualdad de trato y oportunidades; Seguridad y salud en el trabajo; Responsabilidad social de las empresas; Previsión Social Complementaria; Formación y Cualificación Profesional.

Asimismo, tendrá encomendada la interpretación, aplicación y seguimiento de lo pactado en el presente Acuerdo y de lo que la propia Comisión pacte de conformidad con lo señalado en el párrafo anterior y de las tareas que de común acuerdo estimen las partes.

La Comisión de Seguimiento aprobará sus normas de funcionamiento en la primera reunión que celebre.

Las partes estiman conveniente efectuar, en el último trimestre de cada uno de los años de vigencia del presente Acuerdo, y en el seno de la Comisión de Seguimiento, una evaluación y seguimiento sobre la evolución de los indicadores económicos y en especial del empleo.

Madrid, 25 de enero de 2012.

jueves, 28 de febrero de 2013

Informe Pleno del Comité de Empresa 13/02/13.


1º Lectura y aprobación de acta anterior. El secretario del C.E. comunica que aún no ha redactado el acta anterior y por lo tanto no se puede pasar a su votación.

2º Entrada y Salidas de documentos del C.E. Se da lectura del resumen de documentos de entrada y salida desde el último pleno del C.E. Se da lectura a un escrito de protesta de los delineantes de Tabladilla por las nuevas funciones que les encomiendan.

3º Informe de comisiones de Trabajo. Nuevamente le toca el turno a UTS-STC que no informa de lo sucedido en Fondos Sociales, Salud Laboral y Comisiones de Gestión debido a su falta de asistencia, que se prolongan de forma habitual desde hace años.

Esto sumado al cambio del reglamento donde, deliberadamente, CC.OO y UGT excluyen a los sindicatos AST-Co.bas y CGT de Salud Laboral provoca que más de la mitad de las veces se dificulte el poder informar adecuadamente de los asuntos relativos a Salud Laboral.

4º Movilizaciones. Se acuerda por unanimidad que el Comité de Empresa difunda las movilizaciones que se produzcan durante el mes de febrero.

Entre ellas queremos destacar el concierto CONTRA LA REPRESIÓN que se celebrará en Marinaleda el día 27 de febrero (anexamos cartel) y la manifestación del día 28 de febrero a las 11:00h en el Prado de San Sebastian convocada por el Bloque Crítico con el lema:


Basta de recortes
No al pago de la deuda
Por nuestros derechos

5º Movilizaciones despidos en Telefónica. Se refunden las propuestas presentadas y se acepta por unanimidad.

6º Tabladilla FTTH. Se da lectura a un escrito realizado por los delineantes de Tabladilla en el que manifiestan no estar de acuerdo con las nuevas actividades que les encomiendan por entender que no corresponden con su categoría laboral. En su escrito demandan una reunión con la representación del Comité de Empresa.

CGT mantiene que es necesario que en situaciones como ésta sea el Comité en asamblea el que se reúna con los trabajadores para conocer de primera mano cual es al problemática expuesta por los propios trabajadores.

UGT-CC.OO. declaran no tener información que aportar a los trabajadores y que, por lo tanto, ven más coherente pedir primero información a la empresa para conocer que actividades deben acometer y si les corresponde para luego reunirse con los trabajadores para explicarles lo que la empresa demanda.

Desde AST-Cobas apoyamos la intervención de CGT y apuntamos que nos parece vergonzoso que los mismos sindicatos que han firmado la pérdida de Normativa Laboral el 1 de octubre y que están (por lo menos eso dicen) negociando los nuevos perfiles laborales, no tengan ni idea de cúal va a ser el resultado final.

Por otra parte, tenemos muy claro que la forma de trabajar de un C.E. no debe de ser vertical y descendente, es decir, asumiendo lo que la empresa dice para hacérselo entender a los trabajadores, sino en sentido inverso. El C.E debe reunirse en asamblea con los trabajadores cuando se detecta un problema en un centro de trabajo y con las exposiciones y propuestas que éstos hagan, deben instar a los responsables de la empresa a que entienda cuales son las posiciones de los trabajadores y defenderlas ante ellos.

Finalmente quedan las dos propuestas, una de CGT en favor de las asambleas con los trabajadores y otra de UGT-CC.OO en favor de oír a la empresa. Se pasa a votación con 5 votos (CGT-AST-Co.bas) para la propuesta de CGT y 11 votos para la propuesta de UGT-CC.OO.

7º Refuerzo por guardias en festivos. Se refunden las propuestas de UGT-CC.OO. y AST-Co.bas en una que se complementará con lo recogido legalmente para los distintos departamentos.

8. Clasificación Profesional. Sólo presenta propuesta AST-Co.bas. Esta propuesta ciertamente engloba al resto de propuestas, pues la problemática que denunciamos es la que venimos sufriendo desde que se decidió que a partir del 1 de octubre nos quedamos sin normativa laboral. Este asunto que nos trataron de vender como un simple cambio de nombre sin más trascendencia ha dejado a la dirección de la empresa con las manos totalmente libres para hacer y deshacer a su antojo.

Comenzando por los primeros afectados, que fueron el grupo de Operadoras que mantenían una jornada laboral de 35 horas y a raíz de la firma del acuerdo han pasado a realizar jornadas de 37,5 horas; pasando por el hecho de asignar a los trabajadores actividades (con la excusa del FTTH entre otras) que no corresponden a la categoría de origen; tampoco se han librado los traslados en los que las prioridades cambian, ahora todos tenemos antigüedad en la categoría del 1 de octubre con lo que el primer factor que se considera en la preferencia es la antigüedad en la empresa; lo mismo para los cambios de acoplamiento, agravado con que ahora se hacen subjetivamente por perfil; y pasando finalmente por el nuevo aire unilateral en la toma de decisiones de la empresa, como la desaparición del teletrabajo o la imposición del descuelgue automático de llamadas.

Finalmente acabamos nuestro escrito exigiendo que el C.E. se dirija a al empresa para que ésta respete la N.L.

UGT-CC.OO. expone que no es cierto que las Operadoras se hayan visto afectadas, al menos no tienen constancia de que haya ocurrido en Sevilla; tampoco creen que los traslados hayan sido afectados porque el libro de traslados aún no ha sido publicado. En definitiva, no comparten nuestro punto de vista por lo que votarán en contra.

CGT manifiesta no estar de acuerdo con el redactado, lo ve demasiado catastrófico, aunque sí comparte la exigencia final por lo que votarán a favor.

Votos a favor de la propuesta de AST-Co.bas: 5 (AST-Co.bas-CGT), votos en contra: 11 (UGT-CC.OO.).

9. Despidos en TESA. Se presentan dos propuestas, una de UGT-CC.OO. y otra de AST-Co.bas. Ya con los ánimos calientes por el cinismo demostrado por los representantes de UGT-CC.OO. negando las tropelías que está acarreando la firma de la pérdida de la Normativa Laboral el 1 de octubre, nos manifestamos de forma contundente ante su propuesta que en su primer párrafo dice textualmente:

“ Ya en diversas ocasiones este Comité de Empresa ha establecido su posición de rechazo contundente a los despidos realizados de forma unilateral por la empresa y ha manifestado unánimemente su petición de readmisión de los compañeros, instando al C.I . a actuar para poder conseguir este objetivo.”

Desde AST-Co.bas somos tajantes. Ese párrafo es ¡FALSO!. En ninguna ocasión el C.E., por los votos en contra de UGT-CC.OO., se ha manifestado por la readmisión de los compañeros despedidos por la empresa de forma unilateral. Y radicalmente se han opuesto a la readmisión de los compañeros despedidos por represión sindical.

CGT manifiesta estar hastiada de este continuo rife-rafe en torno a los despedidos. Entienden que así no se avanza en la unidad y el trabajo del Comité no es efectivo. Por lo tanto deciden no votar como forma de protesta.

Desde AST-Co.bas no le quitamos la razón a los representantes de CGT en su postura, pero lo seguimos teniendo muy claro. No vamos a ceder, y declaramos: NO VAMOS A ABANDONAR A NINGÚN COMPAÑERO DESPEDIDO, y menos por represión sindical.

Entendemos que es muy positivo una unidad sindical efectiva, y ya nos gustaría, pero no está en nuestras manos que sea así mientras existan “sindicatos” que permitan e incentiven despidos como modo de reprimir a representantes de los trabajadores que, además, mantienen un fuerte apoyo de los trabajadores demostrado en las urnas (véanse los resultados de las más de veinte mesas de la provincia de Madrid en las últimas elecciones sindicales).

10. Teletrabajo Se presentan dos propuestas, una de UGT-CC.OO y otra de AST-Co.bas. Intervenimos para manifestar que ambas propuesta son perfectamente asumibles para todos los sindicatos presentes, pero que en este caso, al igual que ya hemos manifestado en otras propuestas de este Pleno, el proceder del C.E. debe ser el de mantener una asamblea previa con los trabajadores.

CGT interviene dándonos su apoyo.

UGT-CC.OO. intervienen nuevamente negando la utilidad de una asamblea con los trabajadores y prefieren decantarse por una Comisión de Gestión con la empresa.

Votos a favor AST-Cobas: 5 (CGT-AST-Co.bas)
Votos a favor UGT-CC.OO: 11 (CC.OO-UGT)

11. Se retira.

12. Varios.

¡¡ La única lucha que se pierde es la que se abandona !! ¡¡ Alvaro y Marcos readmisión YA !!

lunes, 2 de marzo de 2009

Resolución Presentada por AST en el Comité de Empresa de Sevilla del día 18 de Febrero.


El pasado 18 de Febrero nuestra organización sindical presento en el Comité de Empresa la resolución que a continuación anexamos. El objetivo que persigue esta resolución es abrir un debate entre la plantilla, mediante asambleas, a la vez que plantear una serie de movilizaciones y un plan de acción sindical: recogida de firmas, concentraciones, etc. En la resolución se recogen aspectos propios de nuestra empresa, del Plan de Pensiones y de la Crisis Social. También se fijan criterios y alternativas, concluyendo con un buen número de propuestas.

En el Comité de Empresa se rechazo por parte de los Sindicatos Mayoritarios y solo consiguió el apoyo de CGT y AST.

Como principal argumento y casi único (la sesión está grabada), se consideraba esta resolución como un insulto o una ofensa hacía las personas que conforman estas organizaciones sindicales. En este sentido, y así al menos lo intentamos dejar claro, no podemos confundir insultos con críticas. En la resolución se recogen aspectos que cuestionan las políticas sindicales desarrolladas por las direcciones sindicales: transparencia en el caso de comisiones de desarrollo de convenio (Clasificación Profesional); Mala gestión y procedimientos a nuestro entender, antidemocráticos, en los procesos de elección a la Comisión de Control del Plan de Pensiones; participación en nuevos negocios (planes de pensiones) y subvenciones millonarias por parte de números organismos públicos, que a nuestro entender, condicionan la política sindical que emana de las direcciones sindicales. En ningún caso, y así lo aseveramos, estas críticas pueden entenderse como insultos. Son muchos: dirigentes políticos, movimientos sociales, intelectuales, los que hoy plantean con claridad cuestiones idénticas o similares; es frecuente escuchar análisis de estas características, y podrán gustar más o menos, podremos coincidir con ellos o no, pero nadie los interpreta en clave de agresión, y mucho menos de insulto personal.

Tampoco entendemos, como se puede rechazar una propuesta, sin mediar intervención o planteamiento alguno, para realizar una asamblea en los GMO de Cartuja, avalada con 44 firmas del colectivo.

Desde nuestra organización, seguimos pensando que es vital para la defensa de los intereses de los trabajadores, abrir un debate entre en la plantilla, y en ese sentido vamos a plantear nuestra actividad sindical. En los próximos días, nos reuniremos con otras fuerzas sindicales de nuestra provincia para favorecer e intentar coordinar una acción sindical conjunta.

Tener información, debatirla y contrastarla mediante asambleas abiertas en los centros de trabajo, saber cuáles son los aspectos que pueden incidir más directamente en nuestras condiciones de trabajo, defendernos de posibles agresiones, demandar empleo digno y estable, conocer la situación global que estamos padeciendo los trabajador@s, buscar y potenciar actitudes solidarias, son aspectos que consideramos necesarios para desarrollar un modelo sindical capaz de defender globalmente nuestras condiciones de trabajo, centrado en la acción diaria y en el protagonismo de los trabajador@s, favoreciendo su participación y su capacidad de opinión y decisión.

Entre las propuestas que vamos a plantear están: Desayunos Reivindicativos en los tiempos de descanso, convocatoria de una asamblea provincial, recogida de firmas, envío de resoluciones, etc…

Para terminar, queremos transcribir unas palabras realizadas recientemente por el Ex - coordinador de Izquierda Unida, que reflejan con claridad un pensamiento colectivo, se podrá estar de acuerdo o no, pero en ningún caso se deben entender como insultos, y mucho menos como insultos o descalificaciones hacia las personas:

“Los sindicatos han vendido su independencia, su libertad y hasta el sentido de su existencia, que es la defensa de los trabajadores, y se han sometido al gobierno a cambio de dinero abundante y de privilegios, lo que constituye una traición en toda regla.

La regeneración de la democracia española y la lucha contra la corrupción exigen, entre otras medidas, la independencia real de los sindicatos, la patronal y también de los partidos políticos, todos ellos convertidos en apéndices del Estado y vergonzosamente sometidos al gobierno de turno a cambio de dinero y de otras muchas ventajas y privilegios.

Tanto los sindicatos como la patronal y los partidos políticos deberían financiarse exclusivamente con las cuotas de sus miembros, una medida imprescindible para regenerar la podrida democracia española.

Los sindicatos, en España, ocupan un espacio parecido al que tenían en los viejos y derrotados regímenes comunistas, donde eran considerados puras "correas de transmisión" del mal llamado "poder popular", que en realidad, como en España, era el poder de unas élites políticas privilegiadas y alienadas, apalancadas en los partidos políticos y dueñas del Estado”.

(Julio Anguita – Declaraciones realizadas en Telemadrid)
RESOLUCION AST
RETOMAR LA MOVILIZACION

En Nuestra Empresa

El próximo mes de marzo se realizarán varios juicios de los compañer@s que fueron sancionados con 45 días por las movilizaciones del 26 junio. Para el próximo mes de Junio está previsto el FALLO del Tribunal Supremo de Madrid del recurso interpuesto por los 2 compañeros que se mantienen Despedidos y el interpuesto por la empresa para intentar conseguir el despido de la compañera Teresa declarado improcedente por el Juzgado de los laboral.

La empresa y las organizaciones sindicales firmantes del Convenio Colectivo han puesto en marcha todas las comisiones de trabajo, incluida la de Clasificación Profesional (hace ahora dos meses). Como era de esperar nada ha transcendido de las reuniones de trabajo, y posiblemente así seguirá hasta que encuentren el momento más apropiado para volver a la carga con los cambios que exige la empresa en materia de: desaparición categorías laborales, ruptura salarial, antigüedad, desempeño. etc...

En los próximos días nuestra organización sindical interpondrá un Conflicto Colectivo al Convenio firmado, exigiendo que se cumplan las garantías dictadas por el Tribunal Supremo de Madrid, solicitando la nulidad de las comisiones de trabajo donde no hay representantes de todas las fuerzas sindicales representadas en el Comité Intercentros y en la Comisión Negociadora.
Mientras tanto la empresa no desaprovecha la ocasión y sigue planteando la externalización de la actividad en numerosas áreas: Logística donde ya anunciado el cierre de nuevas plataformas (Madrid, Baleares, Canarias y Burgos) y el pase del colectivo afectado a Operadores Auxiliares; En Ingeniería; En OSI; En Residencial donde sigue apostando por la deslocalización potenciando nuevos centros de atención comercial en centro América; en I+M acaba de presentar el proyecto de abandonar los definitivamente los repartidores, y está presentando nuevos planes para enviar prácticamente toda la actividad a las contratas; También en el GMO (donde pretende que gran parte del mantenimiento lo realicen directamente las contratas). La empresa además está presentando o realizando de forma unilateral, cambios en las condiciones de trabajo: Reestructuraciones, Cambios de Categorías, Horarios, Guardias y Turnos. En la última reunión de la Comisión de Empleo celebrada hace escasos días, cientos de trabajador@s se quedan sin actividad, y se crean importantes bolsas de trabajador@s. En un momento como el actual, afectado de una grave crisis económica, empresas como la nuestra, que ocupan un espacio estratégico en la economía, y con importantes recursos económicos, parece impensable que sean las primeras en favorecer la precariedad laboral, cuando debían convertirse en los auténticos motores de la creación de empelo estable y de calidad.

Debemos también resaltar como preocupante, el uso abusivo que se está haciendo del Régimen Disciplinario desde que comenzó el año. La empresa ha despedido a varios trabajador@s en Madrid (al menos 3) y a uno en Cádiz por causas disciplinarias, imponiendo la pena más importante y grave que puede recibir un trabajador: El Despido

Plan de Pensiones

Tampoco podemos pasar por alto la lamentable situación del Plan de Pensiones. En el Pleno de Noviembre del Comité de Empresa de Sevilla, se acordó realizar una asamblea provincial para tratar l situación actual, y al día de hoy seguimos esperando su convocatoria. Mientras tanto, las direcciones de ugt y cc.oo., han vuelto a decidir que no haya elecciones a la Comisión de Control y que sea el Comité Intercentros quien elija esa comisión, por supuesto el resultado ha sido un reparto equitativo para ambas organizaciones sindicales (recordemos que este asunto está en los Tribunales, en demandas interpuestas por asociaciones de prejubilados, ya que este sector de participes, nada despreciable si atendemos a su número, no tiene ninguna opción a estar representado).

En cuanto a los resultados económicos de la gestión del Plan de Pensiones, en el año 2.008 el plan ha tenido pérdidas por valor del 26,8%. Para entender este dato tan negativo, debemos saber que el Plan de Pensiones de Telefónica tiene un alto riesgo: casi un 40% está en renta variable y entre un 15 y un 20% más, en lo que llaman inversiones alternativas (en las que están los fondos de alto riesgo y los fondos inmobiliarios). No parece lógico, que un plan que cuenta con casi la mitad de sus participes en situación de prejubilación, asuma un riesgo tan importante, quizás esto explique el motivo de no dejar participar a los prejubilados en los procesos de representación. No es entendible ver como en el 2.008 el capital de un empleado en activo se ha reducido en al menos 2 millones de las antiguas pesetas, pero más de difícil de explicar es entender las cuantiosas pérdidas del colectivo de prejubilados, que algún caso superan los 5 millones.

Hace 16 años emprendimos una aventura que acabo con las prestaciones definidas del anterior sistema (ITP). Los Fondos de Pensiones se presentaron como el modo de que uno mismo se garantizara una pensión complementaria, constituyendo su propio capital. La gran banca, las empresas y las direcciones de las organizaciones sindicales, habían encontrado un auténtico filón, un punto de encuentro para gestionar un estupendo negocio, que a buen seguro les reportaría importantes sumas de dinero. Los poderes públicos aprovecharon y animaron a desarrollar este tipo de negocios, especialmente para empezar a sentar las bases, a través del Pacto de Toledo, del abaratamiento global de las pensiones y de la necesidad de acudir a un Plan de Pensiones para poder tener una jubilación digna. Son varias las reformas emprendidas por el Pacto de Toledo en esta materia en los últimos años, y al día de hoy se siguen buscando nuevas medidas que apuntan en la misma dirección: ampliar la edad de jubilación en cinco años, y ampliar paulatinamente los años cotizados para el cálculo de la pensión; dos medias que únicamente pretenden una penalización y una reducción sustancial de la pensión final a percibir.

El objetivo del Plan de Pensiones era conseguir una cantidad que fuera al menos de 3 salarios anuales. Casualmente y después de que la Empresa pusiera en marcha los Planes de Pensiones, empezaron a aparecer los ERE´s y las prejubilaciones, lo que hacía prácticamente inviable cualquier posibilidad de poder acercarse al objetivo planteado como Prestación Potencial a percibir, además de suponer un importante ahorro para la empresa, pues dejaba de aportar al plan. Pero la debacle producida en el último año, ha venido a demostrar que muchos trabajador@s están perdiendo su dinero en vez de asegurar su jubilación. Se puede también asegurar, que estos fondos privados, además de no conseguir sus expectativas económicas, han resultado ser un problema y no una solución, dado el uso dirigido de sus inversiones, mas pensadas en clave de potenciar la especulación, por lo que en gran medida han contribuido de forma importante a crear la situación actual de la crisis financiera. Favoreciendo el endeudamiento de nuestro país (más de 700.000 millones de euros); posibilitando la burbuja inmobiliaria y la fuga de capitales (invirtiendo importantes cantidades de dinero en estos sectores). Pero desde luego donde no se han equivocado es en los ingresos obtenidos, todas las partes parecen satisfechas en este sentido: han podido especular y a la vez embolsarse fuertes cantidades económicas procedentes de las Comisiones de Gestión.

La Crisis Económica

El tren del crecimiento de la última década, solo fue espejismo donde la clase trabajadora no solo no avanzo en términos de riqueza, sino que además de asumir un importante endeudamiento, para muchos de por vida (con lo que este elemento conlleva y condiciona), perdió globalmente en sus condiciones laborales. Ahora los tiempos han cambiado, y los efectos de la llamada crisis financiera, empiezan a ser demoledores en la economía real. Nadie sabe cuánto durara, pero lo que sí parece claro, que la banca y los grandes capitales no van a desaprovechar la ocasión para asestar un nuevo bocado a los derechos laborales.

No parece lógico, que en más de una década de gran bonanza económica, no se hayan construido las bases económicas que mejoren y posibiliten un mejor y mayor reparto de la riqueza, ofreciendo más seguridad y futuro a los trabajador@s. Muy al contrario, estos años han servido para el enriquecimiento de unos pocos, que ahora corren a solicitar dinero público, a presentar su ERE o a declarar la suspensión de pagos. ¿Dónde han ido a parar los miles de millones de beneficios obtenidos en la última década?

Según informes de la comunidad económica europea y de departamentos económicos especializados, conviene destacar algunos datos, si queremos afrontar con cierta perspectiva y evitar engaños interesados:

Entre los años 1999 y 2008, los beneficios de las empresas españolas crecieron por encima del 73%. Por otra parte España es el único de los 30 países miembros de la OCDE en el que el poder adquisitivo de los salarios bajó en la década mencionada. De este modo, mientras que, en 1996, los salarios representaban el 49.6% de la renta nacional, para 2007, suponían el 46.4%.

La proliferación de empleos precarios y con bajos sueldos ha alimentado -en un periodo de crecimiento sostenido- la bolsa de personas que viven por debajo del umbral de pobreza relativa.

El salario por hora de los trabajadores españoles (incluso entre los trabajadores de la industria, que son los mejor pagados) es uno de los más bajos de la UE-15 y de la OCDE. Paralelamente hay una España opulenta que deslumbra. España es hoy uno de los 10 países del mundo con más millonarios. Lo mismo ocurre en cuanto a multimillonarios, es decir, personas que ganan al año más de 24 millones de euros. Según el Informe sobre la riqueza mundial, elaborado por el Banco de Inversiones Merrill Lynch, hay en España 1.500 españoles que ganan más de 24 millones de euros al año.

Se dice con frecuencia que los salarios son bajos en España porque la productividad laboral es baja. Los datos, sin embargo, no muestran una relación entre productividad laboral y salario. En realidad, la diferencia en la productividad de los trabajadores de la industria entre los países de la UE-15 es menor. No es, pues, que los salarios sean bajos porque la productividad es baja, sino más bien al contrario, la productividad es baja porque los salarios son bajos.

España comparte con el Reino Unido el liderazgo europeo en cuanto a mayor porcentaje de trabajadores que superan las 45 horas semanales de actividad. Los españoles trabajamos más horas a la semana, disfrutamos de menos días de vacaciones pagadas al año y nos jubilamos más tarde que nuestros vecinos europeos. También soportamos mayor siniestralidad laboral.

Otro rasgo propio del modelo laboral español consiste en que duplica la tasa de empleo temporal de la UE (27.9% frente a 14.5%). En el período 1988-2003, España fue el Estado de la OCDE que más redujo los costes del despido y, según el Banco Mundial, sólo hay tres países en la OCDE que ofrecen menos protección legal a los trabajadores indefinidos, que España.

El gasto público en protección social pasó de representar el 24% del PIB, en 1993, al 20.8%, en 2005, cuando el promedio equivalente de la UE suponía el 27.2% del PIB.

Nuestra banca se encuentra entre las más rentables del mundo, incluso en plena crisis y con un plan RESCATE en marcha, ha presentado beneficios por encima de los 18.000 millones de euros. Todo un contraste cuando resulta que nuestra tasa de desempleo está entre las más altas del mundo. España cerró 2008 con el triste récord de ser el país de la Unión Europea con mayor tasa de paro, el 14,4% (+3 millones de personas, caminando a pasos agigantados hacia los 4 millones) de la población activa, frente al 8% de media de los países de la Eurozona, y el 7,4% de la UE, según la oficina de estadísticas europea Eurostat.

Pero siendo grave esta situación, más aun lo es el colaboracionismo prestado por las direcciones sindicales. El pactismo y la paz social, la apuesta por el conformismo y la inactividad, la firma de ERE´s cuyo principal objetivo era acabar con el empleo de calidad, la permisibilidad para acometer una deslocalización masiva de la actividad, y sobre todo el abandono de los trabajadores a su suerte, han facilitado el retroceso y la pérdida de conciencia de la clase trabajadora.

Para algunos puede que sea un hecho circunstancial, pero para otros, es una de las claves del retroceso sufrido y del que está por venir, las direcciones sindicales se encuentran subvencionadas, y dependen del sistema hasta las trancas. En el BOE del pasado mes de Enero/09, se hacían públicas las subvenciones entregadas en el 2.008, cabe destacar que UGT y CC.OO, han recibido de los Presupuestos Generales del Estado más 15 millones de euros (2.500 millones de pesetas). Pero además estas organizaciones reciben fondos millonarios de la Unión Europea, de las Comunidades Autónomas, de las Diputaciones y los Ayuntamientos. Tampoco podemos desmerecer las cantidades resultantes de la participación en sus negocios: Planes de Pensiones, y los atípicos por la Firma de Expedientes de Regulación. La formación, la Salud Laboral y un largo etcétera son también fuentes de ingresos nada despreciables. Y por si fuera poco, estas organizaciones cuentan con 203.000 Liberados (la segunda empresa en importancia después de la Administración Pública). Conviene saber que las cuotas sindicales apenas representan un 11% de los ingresos y que el nivel de afiliación en España se mantiene entre los más bajos de la Unión Europea, apenas un 15% de la población activa.

Se evidencia que algunos tienen mucho que perder, y es normal y lógico que sus posiciones poco o nada tengan que ver con los intereses reales de los trabajador@s.

Cada vez son más y con más fuerza, las organizaciones sociales y políticas que se decantan por dar una respuesta colectiva y global. Cientos, miles de trabajador@s exigen soluciones a su drama particular. En nuestra provincia se han empezado a producir importantes movilizaciones (en la última manifestación participaron casi 20.000 personas), convocadas por organizaciones políticas y sociales, y por numerosas organizaciones sindicales alternativas. La Huelga General es algo más que una posibilidad, la Huelga General empieza a conformarse como una alternativa necesaria de la clase trabajadora, para exigir una intervención inmediata del estado para que ponga en marcha medidas económicas urgentes que den una solución a los trabajador@s que se encuentran en situación de PARO y de precariedad, planteando un desarrollo estable a medio y largo plazo.


La movilización

La movilización es la única herramienta que impide el avance de las agresiones empresariales y de los poderes públicos, y a la vez posibilita el aumento de la conciencia y favorece la organización de los trabajadores. Somos conscientes de las dificultades, de los miedos, de la importante represión sindical que estamos sufriendo en muchas empresas, de los reiterados esfuerzos que algunos hacen por desprestigiar y mantener una posición de desconvocatoria y parálisis permanente; pero también somos conscientes de su importancia por mantener vivo el carácter reivindicativo, de sus efectos al paralizar medidas claramente regresivas en las condiciones de trabajo y posibilitar mejoras de las mismas.

Debemos dar ánimos y agradecer a todos los trabajador@s que han participado en las movilizaciones de nuestra empresa. Debemos fijar con claridad los motivos y las alternativas que evidencian la necesidad de que los trabajadores sigamos apoyando las movilizaciones que se convoquen. En breve presentaremos nuevos calendarios de movilizaciones: convocatoria de nuevos paros parciales, concentraciones en la Junta de Accionistas; realización de asambleas y desayunos reivindicativos, recogidas de firmas, etc...; Y en breve estaremos inmersos, en la necesidad de apoyar y participar en movilizaciones más globales: manifestaciones, concentraciones e incluso posibilitar la Huelga General.
Algunas de Nuestras Propuestas y alternativas

Telefónica
Readmisión de los Compañeros Despedidos y Retirada de todas las Sanciones.
Cuando un trabajador es Despedido y es declarado en magistratura Despido Improcedente que sea el trabajador quién decida si sigue trabajando o recoge la indemnización.
Paralización de la Comisión de Clasificación Profesional, y que sea la Comisión Negociadora la que asuma cualquier negociación que se pueda plantear.
Paralización de los procesos de externalización, y recuperación de la actividad. Telefónica debe actuar como motor de la economía, y propiciar la creación de un empleo estable y de calidad.
Democratización inmediata de los órganos de Control del Plan de Pensiones, recuperando el sistema de votación de todos los participes. Revisión urgente de los criterios de inversión, realizando un amplio debate con los participes en este sentido.

Generales
Garantías para que todos los desempleados, del tipo que sean, puedan tener un seguro de desempleo y/o una renta social suficiente para mantenerse en tanto dure su situación.
Garantías del mantenimiento y de la mejora de las pensiones.
Desarrollo de un compromiso de los poderes públicos que posibiliten la creación de empleo de calidad en sectores estratégicos para sociedad: sanidad, educación, investigación y desarrollo, mejora del transporte públicos en todos los ámbitos urbanos y rurales, inversión en energías alternativas, desarrollo y mejora de los sistemas de uso del agua, desarrollo de infraestructuras, etc...
Paralización de las privatizaciones y recuperación de una Banca Pública. Recuperación del carácter de servicio público de sectores estratégicos: energía, comunicaciones favoreciendo la reinversión y la creación y desarrollo de empleo de calidad.
Eliminación de las subvenciones sindicales. Reducción de los cientos de asesores que existen en las distintas administraciones públicas. Reducción de los Salarios de los Cargos Públicos y de los altos ejecutivos.
Persecución del Fraude Fiscal

SOLICITAMOS Y PROPONEMOS
Realización de una Ronda de Asambleas por todos los centros donde el Comité de Empresa explique con detalle la situación.
Convocatoria de una Asamblea Provincial para debatir junto a los trabajador@s la situación y determinar y las acciones que procedan.
Puesta en Marcha de una carta (a modo de manifiesto), para recoger firmas y adhesiones de la plantilla de Sevilla, dirigida a la dirección de Telefónica donde le hagamos llegar nuestras demandas y nuestras alternativas (enviar copia al C. Intercentros).
Dirigir Resolución de este Comité de Empresa al Comité Intercentros para que se realicen elecciones para la Comisión Control del Plan de Pensiones.
Demandar del Comité Intercentros la convocatoria de todos los Delegados para que con su presencia en la Junta de Accionistas que tendrá lugar en la primavera de 2.009, exijan un cambio en el modelo estratégico de nuestra empresa, donde prime la creación de empleo de calidad.
Dirigirnos como Comité de Empresa, al colectivo de GMO de la A Coruña para manifestar nuestra solidaridad y nuestro apoyo a las movilizaciones que vienen manteniendo y secundando prácticamente el 100% de la plantilla.
Demandar y exigir de la empresa mediante resolución del Comité la Retirada de Sanciones y al Readmisión de los compañeros despedidos.
Demandar de la Comisión Negociadora del Comité Intercentros que exija a la empresa la Readmisión Inmediata de los trabajador@s cuya sentencia es Despido Improcedente.
Emitir un comunicado a la plantilla informando de los aspectos más regresivos de la Crisis Económica y la necesidad de unir nuestras fuerzas e iniciar medias colectivas.

Tú tienes la última palabra,

Contamos contigo

Juntos Podemos.


























miércoles, 22 de octubre de 2008

Próxima huelga día 7 de noviembre
Huelga de jornada completa coincidiendo con el juicio de los compañeros despedidos.

viernes, 10 de octubre de 2008

Día 7 de noviembre a las 08:30h juicio de los compañeros despedidos. Despedidos por mantener la integridad y la dignidad. Despedidos por luchar por los derechos de todos los trabajadores.

martes, 7 de octubre de 2008

SUSPENSIÓN DE LA HUELGA DEL 2 Y 9 DE OCTUBRE Y SE CONVOCA HUELGA de 3'5 HORAS DE DURACIÓN PARA EL PRÓXIMO DÍA->16<-DE OCTUBRE